El Artículo 14° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es un pilar en la protección de las garantías individuales, asegurando la legalidad y la justicia dentro del territorio nacional.
“No Retroactividad de la Ley”. Establece que las leyes no pueden tener efecto retroactivo, protegiendo a las personas de ser juzgadas bajo normas que no existían en el momento de su acción o hecho.
“Seguridad Jurídica en la Privación de Libertad y Propiedad”. Garantiza que nadie puede ser privado de la libertad o propiedad sin un juicio previo que siga las formalidades esenciales del procedimiento y bajo leyes existentes al momento de los hechos.
“Derecho a un Juicio Justo”. Asegura el derecho a un juicio justo e imparcial antes de que una persona pueda ser privada de libertades fundamentales o de sus bienes.
“Prohibición de Pena por Analogía en lo Criminal”. En materia penal, se prohíbe imponer penas basadas en analogías o argumentos de mayoría de razón, exigiendo que las condenas se basen únicamente en leyes que apliquen específicamente al delito.
“Sentencias en lo Civil basadas en Ley o Derecho”. Dictamina que, en el ámbito civil, las sentencias se deben fundar en la letra o interpretación jurídica de la ley, y en su ausencia, en los principios generales del derecho.
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