El Artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es un pilar de la participación cívica, que asegura a los ciudadanos el derecho de presentar peticiones a las autoridades de manera pacífica y respetuosa.

“Participación Ciudadana y Respuesta Oficial” Este derecho implica que funcionarios y empleados públicos deben respetar las peticiones y responderlas adecuadamente, estableciendo un diálogo directo entre el pueblo y su gobierno.

“Ámbito del Derecho de Petición”. Cualquier ciudadano puede ejercer este derecho; sin embargo, en asuntos políticos, está reservado exclusivamente para los ciudadanos mexicanos, excluyendo a extranjeros y empresas.

“Obligación de Respuesta por las Autoridades”. Las autoridades están obligadas a responder por escrito y en un plazo breve a todas las peticiones, garantizando que la voz de los ciudadanos sea escuchada y considerada.

El derecho de petición no solo permite a los ciudadanos solicitar cambios o mejoras sino que también es vital para promover la transparencia y la rendición de cuentas en el actuar gubernamental, te invitamos a profundizar más en el estudio del Artículo 8° y el derecho de petición por medio de los recursos que ofrece esta plataforma y a ejercer este derecho para fortalecer nuestra democracia.

CONNECTABOGADOS.COM espera que estas líneas hayan sido de utilidad. Si necesitas algún tipo de asesoría con relación al tema, te invitamos a consultar a los abogados especialistas pertenecientes a nuestra plataforma.

 

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